Entregaron 147 mil exenciones en forma automática del Impuesto Inmobiliario

Entregaron 147 mil exenciones en forma automática del Impuesto Inmobiliario

El área de Rentas  emitió un comunicado informando que las exenciones del Impuesto Inmobiliario 2022 para personas adultas mayores y población vulnerable se otorgan de forma automática a quienes cumplen con las condiciones para obtenerla.

Cabe a destacar que para este año se otorgaron 147 mil exenciones, el 42% alcanzaron a contribuyentes adultos mayores, el 32% a personas en situación de vulnerabilidad social con una exención total, y el 26% con una exención al 50%.

Para conocer el estado de la exención, se puede ingresar al siguiente enlace: https://bit.ly/ExencionRentas. Solamente se debe  colocar el número de DNI, CUIL o Cuenta del Inmueble.

Vale aclarar las personas que obtienen la exención en 2022, deben ser adultos mayores que cumplan con las siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más, al 31 de diciembre de 2021.
  • Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible para la anualidad 2022, menor o igual a $8.100.000. Consultá tu base imponible haciendo click acá.
  • Percibir ingresos netos totales inferiores a $76.200, al mes de noviembre de 2021.
  • No tener más de dos automotores y su base imponible 2021, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000.
  • No tener más de una embarcación, con una base imponible 2021 menor o igual a $2.100.000.

Personas en situación de vulnerabilidad social que cumplan con las siguientes condiciones:

Con un Impuesto Inmobiliario Urbano al 100%:

  • Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2021.
  • Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible menor o igual a $2.700.000. Consultá tu base imponible ingresando en este enlace
  • Percibir ingresos netos menores a $32.500, al mes de noviembre de 2021.
  • No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000. 
  • No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $2.100.000.

Con un Impuesto Inmobiliario Urbano al 50%:

  • Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2021.
  • Ser titular o poseedor de un único inmueble edificado en el cual vivís y siempre que este tenga una base imponible menor o igual a $4.100.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá.
  • Percibir ingresos netos menores a $76.200, al mes de noviembre de 2021.
  • No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $2.100.000. Consultá tu base imponible haciendo clic acá. 
  • No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $2.100.000.

Importante: En caso de titular registral o poseedor, condóminos, cónyuge o herederos, todos deberán cumplir las condiciones detalladas anteriormente, para acceder a la exención.
Para más información sobre las condiciones, ingresar a la página de exenciones de la web Rentas Córdoba.

Las oficinas de Rentas continúa su atención online durante el mes de enero. Sus canales de comunicación son los siguientes:
Los canales disponibles son:

Web https://www.rentascordoba.gob.ar/inicio/
Autogestión Telefónica, llamando al 0800-4444-8008
Además, quienes desean recibir asesoramiento personalizado, pueden comunicarse a través de:

Chat en Línea, ingresando RentasCordoba.gob.ar
Facebook, ingresando a RentasCba
Rentas Te Llama, solicitando turno al 0800.444.8008, opción 4