Funcionarios deudores alimentarios, fuera

Funcionarios deudores alimentarios, fuera

El intendente de la ciudad de Córdoba, Martín Llaryora firmó un decreto el cual consiste en que, dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, todos los funcionarios municipales deberán presentar ante Oficialía Mayor un certificado a los fines de acreditar que no están incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Esta normativa establece que transcurrido dicho plazo, se procederá a desvincular a aquellos funcionarios designados por el Departamento Ejecutivo que se encuentren consignados en el mencionado Registro.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos fue creado por la ley provincial 8892, la cual se modificó el 12 de octubre de 2011 por la ley 9998. El Municipio Capital adhirió a la medida a través de la ordenanza 10.511 sancionada el 4 de junio de 2002, con la finalidad de promover medidas de acción para garantizar el pleno ejercicio y goce de los derechos de los niños, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 34 de la Carta Orgánica Municipal.