Por débitos compulsivos, Banco Supervielle recibió una multa millonaria

Por débitos compulsivos, Banco Supervielle recibió una multa millonaria

El Banco Supervielle recibió una multa de 5 millones de pesos por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, debido a numerosos hechos irregulares que giran en torno a los débitos compulsivos y las adhesiones no consentidas a diferentes productos financieros.Al respecto, el defensor del Pueblo de la ciudad de Rio Cuarto, Ismael Rins, indicó que se tomó en cuenta una gran cantidad de denuncias que se elevaron desde la localidad.

Ayer se dió a conocer la resolución de la Dirección de Defensa del Consumidor, que depende del Ministerio de Desarrollo Productivo,el cual representa un aval a los repetidos reclamos de jubilados y otros clientes del banco.

Cabe destacar que una gran parte de esas denuncias fueron elevadas desde Río Cuarto.

Por esta razón, el organismo de arbitraje para diferencias vinculadas al consumo ordenó imponerle al Banco Supervielle una “sanción de multa por la suma de cinco millones de pesos por infracción a los artículos 4°, 19 y 35 de la Ley de Defensa del Consumidor (24.240)”.

¿Cuáles fueron las irregularidades?

Entre las violaciones a la norma, el Banco cometió las siguientes:

  • Incumplimiento a la obligación de informar, en virtud de no brindar mecanismos para comunicarse a fin de canalizar consultas y/o reclamos respecto de los servicios y/ o productos que tienen contratados con la entidad bancaria.
  • No prestar el servicio en las condiciones y modalidades en las que fue convenido, toda vez que se debitaron de las cuentas sueldo y de los haberes jubilatorios sumas de dinero en concepto de seguros y servicios de cobertura y/ o asistencia médica no solicitados.
  • Cobrar a los titulares de cuentas sueldo y de jubilaciones sumas de dinero en concepto de “mantenimiento de cuenta”.
  • Debitar cargos no convenidos a las y los consumidores obligándolos a pronunciarse por la negativa para evitar su cobro.

Además, con respecto al segundo punto del articulado, la resolución determina que el banco tiene un límite de tiempo  de diez días hábiles para abonar la multa impuesta.

Por otra parte, el Banco Supervielle tiene la obligación de publicar la parte dispositiva de la resolución sancionatoria, establecido por la Ley de Defensa del Consumidor, con acreditación fehaciente de su cumplimiento.

Por medio de una presentación ante la Dirección de Defensa del Consumidor, Supervielle podrá refutar la medida por la vía del recurso directo ante la cámara correspondiente.

Pero, deberá realizar el depósito del monto de la multa y acreditar el pago “sin cuyo requisito será desestimado, salvo que el cumplimiento del mismo pudiese ocasionar un perjuicio irreparable al recurrente, conforme lo establecido en el Artículo 45 de la Ley de Defensa del Consumidor”.

La multa más alta

Según aclaró Rins, se trata de una actuación de oficio del Ministerio de Desarrollo Productivo pero que tomó como base muchas de las denuncias que presentaron desde la oficina de Rio Cuarto de Defensa del Consumidor.

Señaló que los reclamos de los ciudadanos riocuartenses hacia el Banco Supervielle - los cuales muchos de ellos, son jubilados- son una constante desde hace varios años, y la Defensoría del Pueblo recibió una gran parte de esas quejas.

Además, el defensor el Pueblo destacó que la multa que le impuso la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo es la más alta de la escala vigente.

Rins dió a entender que la idea nunca fue generarle un perjuicio económico a la entidad financiera, sino lograr que modifique las prácticas que van contra los derechos de los consumidores.

Por otra parte, el defensor del Pueblo resaltó el esfuerzo de los clientes y afectados por la conducta del banco que efectuaron las presentaciones formales. También, aseguró que la resolución del Ministerio de la Producción demuestra que reclamar tiene sentido.

Además, agregó que, si esto no ocurre, volverán a denunciar las irregularidades por los canales que correspondan.

 

Fuente y foto: Puntal Rio Cuarto